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Protección de datos en Mallorca

Actualizado el
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LOPD

Desde el 25 de mayo de 2018, y en vistas de proteger los datos personales de las personas, se estandarizó un Reglamento General de Protección de Datos (RGDP).

En la actualidad, las diferentes empresas o autónomos tanto en Mallorca como en el resto de España deben cumplir dicha ley. Si quieres saber más sobre la protección de datos en Mallorca y en España, te lo contamos a continuación.

Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD)

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales (LOPDGDD) nació en el año 2018 con el objetivo de preservar los derechos fundamentales y las libertades públicas: el honor, la intimidad y la privacidad personal y familiar de las personas en materia de protección de información y datos de la ciudadanía. Precede a la derogada Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de 1999, que ahora ajusta las competencias a la legislación Reglamento General de Protección de Datos establecido por la Unión Europea (UE), y ha readaptado las disposiciones al marco de la Era digital.

Tal y como se establece en el mismo escrito, España fue uno de los países pioneros en el reconocimiento de los derechos fundamentales aplicados a la protección de datos de carácter personal en el momento en el que la Carta Magna reza que “la ley limitará el uso de informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”. Esta disposición se extendió con el paso del tiempo a otros países vecinos, puesto que el entorno empezó a reconocer las escasas competencias que garantizaban la seguridad de la ciudadanía europea.

La LOPD establece una serie de disposiciones para limitar el tráfico de información de la ciudadanía, así como la regulación de datos que circular por la red. Se modifican los requisitos a la hora de obtener, guardar y compartir información. En este sentido, el texto se compone de 97 artículos dispuestos en 10 títulos que detallan las obligaciones para garantizar la seguridad y respetar los derechos fundamentales de las personas, tanto físicas como jurídicas.

Competencias de la Ley Orgánica de Protección de Datos

En el Título I, la LOPD explica el propósito de la modificación de esta Ley, cómo se van a aplicar los Títulos del I al IX y de los artículos 89 a 94, además de garantizar el derecho de las personas fallecidas.

El Título II recoge los “Principios de protección de datos” que pide exactitud en los datos, deber a la confidencialidad, el consentimiento de la ciudadanía y menores de edad, la legalidad de los datos atendiendo al interés público y los de naturaleza penal.

En el Título III se habla del derecho de las personas, en cuanto a la transparencia e información, y el tratamiento de los datos se refieren: al acceso, rectificación, supresión limitaciones, portabilidad y oposición.

El Título IV dispone las aplicabilidades de los datos e imágenes en situaciones concretas, como en los sistemas de videovigilancia, la exclusión publicitaria o la información crediticia.

El Título V de la LOPD se divide en IV Capítulos que exponen las distintas responsabilidades del encargado del tratamiento: las medidas de responsabilidad y obligaciones del mandante de la información, el registro de su actividad y el bloqueo de los datos; por otro lado, la designación y funciones del delegado de protección de datos; y los códigos de conducta.

El Título VI expone cómo deben tratarse las transferencias de datos a nivel internacional y los supuestos que se contemplan en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las autoridades.

Asimismo, en el Título VII señalan las diferentes autoridades de protección de datos: AEDP y Comunidades Autónomas (CC.AA), sus funciones y potestades.

El Título VIII contempla la posible vulneración de los derechos a la protección de datos, esto es, cómo se inicia una tramitación y qué se contempla en ella, las actuaciones de las autoridades y las medidas que garanticen los derechos.

A continuación, en el Título IX se consideran las infracciones de menor a mayor gravedad, atendiendo al nivel de vulneración de la LOPD.

Y, por último, el la Ley de Protección de Datos dedica el Título X a garantizar los derechos de la ciudadanía en el marco digital. En este sentido, apela a una neutralidad y actualización informativa, la legalidad en la Era digital en la que nos encontramos, contempla el derecho a la rectificación y a la protección del menor; también se asegura de proteger la seguridad y la educación digital; el derecho a la intimidad y a la desconexión digital del trabajador fuera del ámbito laboral. Aquí divide en 4 disposiciones: adicionales, transitorias, derogatorias y finales.

 

 

Como puedes ver, la LOPD es bastante complicada, así como su cumplimiento. Si quieres cumplir con todos los requisitos en tu negocio en Mallorca, es mejor que pidas presupuesto sobre protección de datos en Mallorca y que te ayuden profesionales.