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¿Puedo mudarme ahora de casa?

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Mudanza

La crisis originada por el COVID-19, ha reducido e imposibilitado los desplazamientos de los ciudadanos de nuestro país, con el propósito de disminuir la transferencia del virus y combatir de esta manera a la pandemia.

Claro que ha habido algunas excepciones como el ir a la compra, al hospital o acudir a los puestos de trabajo siempre que sea estrictamente necesario. En el anexo Del Real Decreto Ley del 29 de marzo, también se contempla que las empresas de transporte de mercancías o personas continúen realizando su labor.

Por lo tanto, se da por hecho que las empresas de mudanzas entran en esa excepción y pueden seguir funcionando. Por lo que, al ser empresas de transporte de mercancías, no se les prohíbe el realizar sus funciones durante el estado de alarma, siempre y cuando cumplan con las medidas de seguridad sanitaria.

Si la mudanza no es urgente y puede esperar, lo mejor es no realizarla. Ya que existen dudas de si entonces es legítimo realizar el traspaso a otra vivienda. Sin embargo, si el caso es el contrario y corre prisa mudarse, entonces podrá hacerse acreditando debidamente la necesidad.

Lo más recomendable sería contratar a una empresa especializada en mudanzas, pero si no es posible por cuestiones económicas o cualquier otra razón entonces hay que cumplir con las medidas sanitarias de seguridad: guantes, mascarilla y desinfección del transporte.

Además se debe llevar encima alguna documentación que acredite la urgencia de la mudanza. Como por ejemplo: contrato de arrendamiento, justificante de desplazamiento o cualquier otro tipo de documento que sirva para justificar legalmente el desplazamiento.

Con respecto a la firma de los contratos de alquiler, se permite alquilar un domicilio durante el estado de alarma al ser un bien de primera necesidad. Además, se está procurando dar el mayor número de facilidades a los propietarios y arrendatarios para realizar la firma del contrato de manera efectiva, exitosa y sin complicaciones.

Ahora bien, en el caso de que haya acuerdo y se quiera firmar, se deberá hacer de manera telepática para evitar el contacto físico y así un posible contagio. Después el nuevo inquilino deberá recibir las llaves de su nueva vivienda a través de mensajería y podrá entrar en su nueva vivienda cuando el estado de alarma finalice.