¡Únete!

¡Inscríbete gratis y recibe las mejores ofertas a través de "Territorio Ahorro"!

¡Suscríbete!

Licencia de apertura y licencia de actividad

Actualizado el
min reading
Licencia de apertura
Licencia de apertura

Si estás pensando en abrir un negocio, es necesario que presentes una serie de licencias para poder desarrollar la actividad que deseas. Las dos licencias más importantes en este sentido son la licencia de apertura y la de actividad. Veámos qué es cada una de ellas.

Licencia de apertura

La licencia de apertura es un documento que certifica el Ayuntamiento concede el permiso para que un local pueda abrir sus puertas al público. Lo que garantiza que cumple con los requisitos que se piden para poder realizar esta apertura.

Normativa en licencias de apertura

A nivel nacional es la Ley 12/2012 de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio la que determina qué tipo de trámite debe pasar cada actividad comercial. Esta norma incluye la licencia express, que consiste en que existen determinados tipos de actividad que no requiere de una licencia previa para comenzar su actividad. Sustituye así el sistema de control previo por la presentación de una declaración responsable para los servicios que incluye en su Anexo I, siempre que el local no tenga más de 500m2 de superficie de venta al público.

En estos casos, el control que lleva a cabo la Administración para comprobar que el local cumple con la normativa vigente para obtener su licencia de apertura se realizará después.

La actividades que no entran en esta lista se regían, en un primer momento, por el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Sin embargo, éste fue derogado en 2007 por Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera.

¿Quién puede realizar una licencia de apertura?

Los profesionales acreditados para realizar este tipo de informes y proyectos técnicos son generalmente arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros técnicos industriales, que en todo caso estén colegiados, ya que será necesario incorporar el visado del colegio profesional.

  • Requisitos
  • El uso y las condiciones en las que se encuentre el inmueble cumplirán las normas urbanas que se tienen para poder garantizar la integridad estructural del inmueble para los fines que se quiera usar.
  • Debe contar con todas las medidas contra incendios, las cuales deben ser las suficientes para poder atender las necesidades del local, dependiendo del tamaño, cuestiones estructurales, y rutas de salida, para atender la capacidad propia del local.
  • Iluminación necesaria que asegure un uso óptimo de las instalaciones.
  • Ventilación adecuada dependiendo del tipo de negocio.
  • Requisitos de salubridad necesarios para ofrecer condiciones óptimas para los usuarios. Esto es importante, sobre todo, en los negocios donde se vayan a manipular alimentos o tengan relación directa con la salud.
  • Se deben cumplir las normas de seguridad y salud de los trabajadores.
  • Será necesario cumplir con la normativa relacionada con la protección al medio ambiente.

Licencia de actividad

Este documento es necesario para que se pueda hacer uso del local que queramos abrir para nuestros clientes. Se requiere para todo tipo de negocio, exceptuando las actividades que sean de tipo profesional, las actividades de tipo artesanal, y las actividades de tipo artístico.

Otra situación en la que no se requiere de una licencia de actividad, es cuando las actividades comerciales no se realizan en un local, sino en una vivienda privada. Si el local no tiene una venta directa al público también se queda excepto de esta licencia. Por último, estamos exentos si nuestro negocio es de una actividad inocua.

Tipos de licencias de actividad

Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:

  • Actividades inocuas: no generan molestias significativas, impacto medioambiental, daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas.
  • Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales.
  • Requisitos
  • Informe de un técnico especializado con la capacidad adecuada. Este reporte se realizará mediante los resultados de análisis de esta construcción. En este análisis el técnico deberá realizar varias mediciones para garantizar las medidas del inmueble.
  • Comprobaciones de las instalaciones del inmueble, esto incluye instalaciones de agua, luz, y todo lo necesario para poder realizar la actividad comercial de manera óptima.
  • Este reporte debe ser revisado por un colegio profesional, que es el que deberá dar el visto bueno para poder entregar este reporte al área del ayuntamiento al que corresponda la actividad que se va a realizar.
  • Se deberán entregar documentos que acrediten la posesión de la infraestructura en la que se piensa trabajar, sea mediante posesión directa o mediante arrendamiento.
  • Se deberán entregar los documentos que comprueben el pago correspondiente a las tasas que correspondan a este trámite y a todo lo relacionado con la apertura de este local.

Estos requisitos dependerán del tipo de actividad que se vaya a realizar.