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ANEXO 30 de la RMF: Controles Volumétricos 2023

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ANEXO 30 de la RMF: Controles Volumétricos 2023

El sector de hidrocarburos en México ha experimentado cambios significativos en los últimos años, en gran parte debido a la implementación de nuevas regulaciones y normativas gubernamentales. Uno de los cambios más notables ha sido la introducción de controles volumétricos en toda la cadena de suministro de hidrocarburos, lo que ha generado un mayor orden y control en el sector. Estos #controlesvolumétricos han sido implementados para combatir el robo y la venta ilegal de hidrocarburos, y han afectado a todas las empresas involucradas en la cadena de suministro, desde la exploración y extracción hasta la distribución y comercialización, todo esto está dentro del ahora popular #ANEXO30 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

En este artículo te explicaremos todo lo que debes saber de inicio, para poder comprender estas nuevas resoluciones, las cuales presionan al sector a cumplir antes del 30 de julio de 2023.

¿Qué es un Control Volumétrico?

Se compone de todos los registros de volumen de entrada, salida y existencias, objeto de las operaciones de los contribuyentes, asociados a las facturas o pedimentos correspondientes a la adquisición, enajenación o servicios que tengan por objeto hidrocarburos y petrolíferos, así como a la determinación del tipo de hidrocarburo o petrolífero del que se trate.

¿Cuándo se debe empezar a cumplir con los controles volumétricos?

A partir del 1 de enero de 2022 tendrás que:

  • a) Adquirir los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
  • b) Contratar los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
  • c) Obtener los dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, del que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina.

¿Qué son los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos?

Los equipos para llevar controles volumétricos son los componentes físicos que permiten la generación de los registros de volumen a través de los sistemas de medición, por ejemplo, los dispensarios.

Los programas informáticos para llevar controles volumétricos, son las aplicaciones informáticas que permiten la recopilación y almacenamiento de los registros de volumen, la información de dictámenes, facturas y pedimentos asociados, a fin de generar reportes de información diarios y mensuales.

¿Quiénes deberán enviar los reportes de controles volumétricos a partir de 2022?

Aquellas personas que fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, incluyendo almacenamiento para usos propios, distribuyan o enajenen cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero.

Así como, si deseas continuar con la facilidad de emitir un CFDI global, deberás enviar a través del Portal del SAT, los reportes de controles volumétricos de conformidad con las “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo XML mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos” o las “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo JSON mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos”, según corresponda, publicadas en el Portal del SAT.

¿Debo adquirir de un proveedor el programa informático para llevar controles volumétricos?

Puedes adquirir de un proveedor o desarrollar por tu cuenta el programa informático para llevar controles volumétricos.

Si cuento con un permiso de transporte para usos propios emitido por la Comisión Reguladora de Energía, ¿estoy obligado a llevar controles volumétricos?

Sí, toda vez que te encuentras en el supuesto establecido la fracción IV de la regla 2.6.1.4 de la Resolución Miscelánea que establece como obligadas a llevar controles volumétricos a las personas físicas o morales que transporten hidrocarburos o petrolíferos al amparo de un permiso de la Comisión Reguladora de Energía.

¿En dónde debo enviar el dictamen que determine el tipo de hidrocarburo o petrolífero de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina?

En el Portal del SAT, en el apartado Otros trámites, Controles volumétricos. Envía tus reportes de controles volumétricos aquí.

Posteriormente, ingresa al apartado Enviar, Seleccione archivo, Dictamen y Adjunta Archivo: elige Buscar y selecciona el documento digitalizado en formato PDF con su carátula en formato XML o JSON y compreso en formato .zip que contiene el Dictamen y elige Cargar, da clic en el botón Agregar, posteriormente en el botón Enviar y después en Firmar, captura tu firma electrónica (e.firma) y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. Finalmente, en el apartado Consultas podrás ver el folio del trámite para obtener el Acuse de aceptación o el Acuse de rechazo, en caso de que tu archivo sea rechazado, mismo que podrás presentar de nuevo.

¿Cuándo serán publicados por parte del SAT los requerimientos de seguridad informática?

Dichos requerimientos ya se encuentran publicados en el Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 vigente.

Conclusión

Si requieres más información, entra aquí.

Recuerda que cumplir con las nuevas obligaciones de Controles Volumétricos es obligatorio para todo el sector de hidrocarburos, incluyendo a las #DistribuidorasdeCombustibles y #ComercializadorasdeCombustibles, aún cuando no cuenten con almacenamiento propio.

Actualmente existen distintas alternativas de Software para Distribuidoras y Comercializadoras de Combustibles, mismas que ahora integran también Soluciones en Controles Volumétricos, que te permiten generar, validar y enviar tus archivos JSON de controles volumétricos al SAT.

No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy, y así EVITAR MULTAS y SANCIONES por parte del SAT, por no cumplir con el ANEXO 30 de la RMF. Ponte en contacto con nosotros y con gusto te ayudaremos a cumplir.

AB systems: www.abprosystems.com

Teléfono: +52 55 1228 8056