Solución, Defectos o Fallos en Nueva Vivienda o Local
A la hora de comprar una nueva casa o local se debe prestar atención a los defectos o fallos, que han sido pasados por alto en su construcción. La ley nos da unas determinadas fechas, para poder presentar una reclamación, para poder solucionar estos fallos.
Para solucionar los defectos o fallos de una vivienda o local comprados, la Ley de Ordenacion de la Edificación (LOE) establece unos plazos de garantía, para los propietarios y adquirientes de edificaciones, según el daño material sufrido.
10 Años para los defectos estructurales: Es decir, los defectos en la cimentación, vigas, forjados, muros de carga, etc.
3 Años para defectos que afecten a la habitabilidad del inmueble: Es decir, los defectos en el aislamiento, goteras, funcionamiento de las instalaciones, calefacción, etc.
1 Año para los defectos de acabado: de los que responde el constructor.
Estos plazos comienzan a contar desde la fecha del certificado final de obra. Así, una vez que el propietario constata un defecto, tiene 2 años para hacer la reclamación y se debe hacer expresa por burofax.
Ejemplos que se consideran defectos o fallos en una vivienda o local :
- Fisuras en fachadas
- Instalaciones que no funcionan
- Desprendimiento de pintura
- Oxidación de barandillas
- Manchas de humedad
- Rampas que no son antideslizantes
- Insuficiente iluminación de exteriores
- Irregularidades en el revestimiento del techo
- Mal funcionamiento de la chimenea
- Fisuras de largo recorrido en escayola
Antes de la entrega de llaves se aconseja acudir a la revisión de la vivienda o local con los 5 sentidos y es conveniente llevar :
- Móvil para realizar fotos
- Linterna, para poder ver los aseos y habitaciones sin luz natural
- Flexómetro o Cinta Métrica
- Plano de la vivienda
- Un cuaderno en donde poder realizar todas las anotaciones