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¿Qué derechos y libertades tienen los extranjeros en España?

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Lo primero que debemos tener en cuenta a la hora de hablar sobre los derechos y las libertades de los extranjeros en España es que estos les son otorgados por la Constitución Española, que vienen recogidos en el Título Primero, y están establecidos en los Tratados Internacionales.

Además, sus derechos y libertades también se encuentran recogidos en los artículos 3 y siguientes de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, que trata sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Si necesitas asesoría jurídica en temas de extranjería, puedes solicitar más información en el despacho de abogados Pérez Panizo asociados.

¿Qué derechos vienen reconocidos en la Ley de Extranjería?

En este punto, cabe mencionar primero el artículo 13 de la Constitución Española, donde se establece que: “Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley”.

Como hemos mencionado al inicio de este texto, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, que trata sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su artículo 3, le otorga a los extranjeros que residen en España los derechos y libertades que vienen reconocidos en el Título Primero de la Constitución Española, en los términos establecidos en los Tratados Internacionales, en la Ley de Extranjería, y también en todas ellas que regulen el ejercicio de estos derechos.

Además se añade que, las normas que se refieren a los derechos fundamentales de los extranjeros, se van a interpretar en conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los acuerdos y tratados internacionales, y sin poder alegar la profesión de convicciones ideológicas, culturales o religiosas como justificación si se realizan actos o conductas que van en contra de las mismas.

Vamos a enumerar, de manera breve, cuáles son los derechos y deberes que los extranjeros gozan en España:

  1. El derecho a la documentación: también tienen el deber de tener que llevar con ellos la documentación que acredite su identidad, tales como la tarjeta de identidad de extranjero, la cual se otorgará si cuentas con una autorización para permanecer en España, que estará expedido por la autoridad competente del país de origen o del de procedencia; o el pasaporte.
  2. Derecho a la participación pública: los extranjeros que residan en España pueden ejercer el derecho al voto en las elecciones municipales, de acuerdo a lo que viene dictado por la Ley. Además, se les facilitará el derecho al sufragio en los procesos electorales democráticos de su país correspondiente.
  3. Derecho a la libertad de circulación: podrán circular libremente, por todo el territorio español, únicamente con las limitaciones que establece la Ley o las que haya dictado la autoridad judicial.
  4. Libertad de reunión, manifestación y asociación.
  5. Derecho a la Seguridad Social y al trabajo: siempre que los extranjeros residentes en España cumplan con los requisitos que están establecidos, tendrán el derecho a realizar cualquier actividad remunerada, bien por cuenta propia o ajena, así como también podrán tener acceso a la Seguridad Social.
  6. Derecho y deber a la educación: para todos los extranjeros menores de dieciséis años, donde se incluye la enseñanza básica, obligatoria, gratuita y la obtención de la titulación que le corresponda. Los extranjeros que sean mayores de dieciocho años, tendrán el derecho de acceder al resto de etapas educativas en las mismas condiciones que los españoles, así como también pueden optar con la misma igualdad al sistema público de becas.
  7. Derecho a tener asistencia sanitaria.
  8. Derecho a sindicarse y hacer huelga.
  9. Derechos en materia de vivienda: siempre y cuando se cumplan los requisitos indispensables, pueden acceder a los sistemas públicos en materia de viviendas, del mismo modo que los extranjeros de larga duración podrán optar a las ayudas en las mismas condiciones que tienen los españoles. Derecho a los servicios sociales. Derecho a tener una tutela judicial efectiva.
  10. Derecho a tener una asistencia jurídica gratuita: podrán solicitar esta asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones que los españoles, reconociéndose la misma si se carece de los recursos económicos suficientes.

Además, en relación con los Derechos que están contemplados en los Tratados Internacionales, se hace preciso destacar en este artículo los siguientes tratados:

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948
  • Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
  • Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966
  • Convenio de Roma de Derechos Humanos de 4 de noviembre de 1950
  • Convenio de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989