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Herencias en vida en Galicia

Actualizado el
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adsa

El derecho civil gallego permite realizar una herencia en vida. Estos son los pactos sucesorios de mejora o de adaptación, por lo que una persona tiene el derecho de adelantar en vida, es decir, antes de su fallecimiento, la sucesión en bienes concretos.

El proceso se hace ante notario y de forma escrita. Las personas con vecindad civil gallega pueden dejar parte de su herencia, por ejemplo a su hijo, por apartación o por pacto de mejora.

Sin embargo, hace poco que esta ley se ha visto modificada.

La nueva normativa frente a las herencias en vida gallegas

Las herencias en viva en Galicia, son la figura típica del derecho civil gallego que se ha generalizado en los últimos años por su favorable fiscalidad. El 25 de mayo de este año, 2021, el Congreso aprobó el proyecto de ley contra la evasión fiscal, lo que se resume en un cambio importante. Esta nueva normativa se aplica para las familias que planean celebrar este tipo de contratos como para aquellos que ya lo han formalizado.

El cambio normativo obligará a los contribuyentes que vendan un inmueble heredado durante su vida antes de la muerte del testador (habitualmente los padres) a gravar la plusvalía que le hubiera correspondido. Por ejemplo, en el caso de que una pareja haya comprado un piso hace veinte años por diez millones de pesetas (60.000 euros) y ahora lo lega a una hija por herencia, ella lo construye en su patrimonio por el valor del activo circulante (por ejemplo, 200.000 euros). Anterior a esta normativa, si la hija decidiese venderlo a ese precio, no tendría que pagar ninguna ganancia de capital bajo el régimen actual. Sin embargo, con el cambio impulsado por el Departamento de Hacienda y aprobado ayer por el Congreso, si la venta se produce antes de la muerte de sus padres, la niña deberá pagar el IRPF sobre una plusvalía de 140.000 euros, ya que este es el precio de compra pagado por sus padres. Si esto sucede después de su muerte, la plusvalía se calculará como antes sobre la base del valor al que la integró en su patrimonio.

A pesar del cambio en la tributación de estas transmisiones, la otra gran ventaja fiscal de los Pactos Hereditarios de Galicia, que está vinculada a la exención del impuesto de sucesiones, se mantiene inalterada. Y desde enero del año pasado, las herencias de hasta un millón de euros no están gravadas si la persona que las recibe (ya sea tras el fallecimiento de un progenitor o durante su vida a través de un contrato de herencia) es descendiente directo (hijo o nieto), antepasado (padre o abuelo) o cónyuge. Un bono que exime del impuesto al 99% de los contribuyentes que reciben una herencia en la comunidad.