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¿Qué gastos tienes que pagar como inquilino en tu piso de alquiler?

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alquiler

¿Qué gastos son por cuenta del casero, y cuáles son por cuenta del inquilino?

En primer lugar hemos de decir que, es necesario que en el contrato de arrendamiento de tu vivienda de uso residencial estipules de forma clara y lo más extensa posible, la relación de todos los gastos que pueden devengarse durante el periodo de duración del contrato, ya que junto a las reparaciones, la discrepancia sobre ¿qué gastos son por cuenta del casero, y cuáles son por cuenta del inquilino?, son una de las causas que más deterioro de las relaciones entre arrendador y arrendatario producen.

Como regla general podemos decir que todos aquellos gastos que no puedan individualizarse, incluidos los tributos serán a cargo del arrendador.

A continuación, detallamos los gastos más comunes y quien debe afrontarlos, (recordamos que existe el principio de libertad de pacto entre partes, por lo que esta lista es a título general, y no aplicable a todos los contratos de arrendamientos de vivienda de uso residencial):

Cuotas ordinarias y extraordinarias (derramas) de comunidad de propietarios:

Por cuenta del arrendador

Alta de suministros:

Por cuenta del arrendador

Consumos de suministros habituales de la vivienda (agua, luz, gas, internet, etc…)

Por cuenta del arrendatario

Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tasas de recogida de basuras, vados y otros tributos:

Por cuenta del arrendador

Póliza de seguro de la vivienda:

Por cuenta del arrendador

Suplidos de elementos de consumo cuyo desgaste se produce por el propio uso:

Por cuenta del arrendatario

Renta:

Por cuenta del arrendatario.

Si tienes alguna consulta sobre cualquier aspecto referido a las Comunidades de Propietarios, visita nuestra Consultoría