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¿Has perdido a un ser querido en un accidente? Trafic Abogados te ayudan a reclamar.

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La indemnización por el fallecimiento de un familiar directo es un derecho regulado por la ley en casos de accidentes de tráfico. La cantidad a percibir se calcula siguiendo un sistema establecido en España conocido como el Baremo de Tráfico.

Este baremo es una herramienta legal que define las compensaciones económicas según el tipo de daño y la relación de la víctima con el fallecido. No hay una canridad fijo, ya que la indemnización se compone de varios elementos y se ajusta a las circunstancias específicas de cada caso.

¿Cuándo se puede solicitar una indemnización por fallecimiento?

El derecho a solicitar una indemnización por fallecimiento de un familiar directo surge en casos de muerte por negligencia o culpa de un tercero, siendo el supuesto más común y regulado en España el de los accidentes de tráfico.

Para este tipo de casos, la ley establece unos plazos de prescripción que limitan el tiempo disponible para presentar la reclamación:

Plazo general de prescripción

En España, el plazo general para reclamar la indemnización por la vía civil (responsabilidad civil por daños y perjuicios) es de un año a contar desde:

  • La fecha del fallecimiento: Es el momento en que se conoce el daño.
  • El fin del proceso penal (si lo hubo): Si se interpuso una denuncia penal (por ejemplo, por homicidio imprudente) y el proceso es archivado o finaliza, el plazo de un año para la vía civil comienza a contar desde la firmeza de esa resolución penal.

Importancia de la interrupción del plazo

El plazo de prescripción de un año puede ser interrumpido mediante una reclamación extrajudicial fehaciente, como el envío de un burofax a la compañía aseguradora del responsable. Esto "reinicia" el plazo de un año. Es decir, después de cada reclamación fehaciente, se vuelve a disponer de un año completo para la acción legal.

Es crucial actuar rápidamente. Aunque exista el plazo legal, iniciar la reclamación inmediatamente después del fallecimiento es vital para:

  • Recopilar pruebas (atestado, informes).
  • Evitar que la aseguradora intente cerrar el caso con una oferta baja.
  • Interrumpir la prescripción a tiempo, evitando perder el derecho a reclamar.

Factores clave para el cálculo de la indemnización por fallecimiento

El cálculo se basa en una serie de variables que determinan la cuantía final:

  • El perjuicio personal básico

    Es el núcleo de la indemnización. Se trata de una cantidad fija que se asigna a cada persona perjudicada (cónyuge, hijos, padres, etc.) por la pérdida de un ser querido, sin necesidad de demostrar ningún otro daño. La cuantía varía en función del parentesco y, en muchos casos, de la edad de la víctima y de los perjudicados.

    • Cónyuge viudo: La indemnización base depende de la edad del fallecido y de los años de convivencia. Cuanto más joven sea la víctima y más años de convivencia, mayor es la cantidad a recibir. Por ejemplo, la indemnización es mayor si el fallecido tenía menos de 67 años y si la convivencia era superior a 15 años.
    • Hijos: La cuantía para los hijos varía según su edad. Un hijo menor de 14 años recibirá una cantidad significativamente mayor que un hijo que supere los 30.
    • Padres: La indemnización para los padres es más alta si el hijo fallecido tenía menos de 30 años, ya que la ley considera que la pérdida de un hijo joven es un perjuicio mayor.
    • Hermanos y allegados: También se establece una cantidad fija para hermanos, con una diferencia según si son menores o mayores de 30 años. Se consideran allegados a aquellas personas que no encajan en las categorías anteriores pero que mantuvieron una convivencia familiar con la víctima de al menos 5 años antes del accidente.
  • Los perjuicios particulares

    Estos son incrementos que se añaden al perjuicio personal básico para compensar situaciones específicas y especialmente gravosas. Son acumulables entre sí, por lo que una persona perjudicada puede ver su indemnización incrementada por varias de estas circunstancias.

    • Discapacidad del perjudicado: Si la persona que reclama la indemnización tiene una discapacidad física, intelectual o sensorial de al menos el 33%, la compensación se puede incrementar entre un 25% y un 75% del perjuicio personal básico.
    • Fallecimiento del único progenitor: Si un hijo pierde a su único padre, la indemnización aumenta entre un 25% y un 50% según la edad del hijo.
    • Fallecimiento de ambos progenitores: Si los hijos pierden a ambos padres en el mismo accidente, se aplica un incremento que puede llegar al 70%.
    • Fallecimiento del hijo único: Cuando la víctima es el único hijo de los perjudicados, la indemnización de los padres se incrementa un 25%.
    • Convivencia con la víctima: En general, la convivencia con el fallecido es un factor que incrementa la indemnización para los ascendientes, descendientes, hermanos y allegados.
    • Perjuicio excepcional: En casos muy singulares no previstos por el baremo, se puede aplicar un incremento de hasta un 25% si se justifica un daño moral o patrimonial muy significativos.
  • El perjuicio patrimonial

    Este tipo de perjuicio se enfoca en las pérdidas económicas directas e indirectas que sufren los perjudicados.

    • Daño emergente: Es la compensación por los gastos reales y concretos que se derivan del fallecimiento. Se compone de dos partes:
      • Gastos fijos: Una cantidad que se otorga automáticamente a cada perjudicado para cubrir gastos menores como desplazamientos o manutención, sin necesidad de justificación.
      • Gastos específicos: Se refiere a los gastos mayores que deben ser justificados con facturas, como los gastos de entierro, funeral, repatriación del cuerpo, o el coste de los traslados de los familiares.
    • Lucro cesante: Compensación por la pérdida de ingresos que los perjudicados dependientes económicamente del fallecido sufrirán en el futuro. Es la parte más compleja del cálculo, ya que se basa en:
      • Los ingresos netos de la víctima.
      • La edad de la víctima y de los perjudicados.
      • El grado de dependencia económica de cada perjudicado (porcentajes establecidos en el baremo para cónyuge, hijos, etc.).
      • Se utilizan fórmulas matemáticas y tablas actuariales para proyectar esa pérdida de ingresos a lo largo del tiempo.

¿Cómo proceder para reclamar la indemnización por fallecimiento?

Reclamar una indemnización por fallecimiento es un proceso complejo que requiere una actuación metódica. La clave es la rapidez y el asesoramiento legal. El tiempo corre desde el momento del fallecimiento, y la indemnización final dependerá de la correcta aplicación del Baremo de Tráfico por un experto:

  • Recopilación de documentación clave

    Antes de iniciar la reclamación, es imprescindible contar con toda la documentación que acredite el hecho, la culpabilidad y la relación con la víctima:

    • Documentación del fallecimiento: certificado de defunción, atestado o informe policial del accidente y resolución judicial (si hubo procedimiento penal).
    • Documentación de parentesco y dependencia: libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de los hijos, certificado de convivencia...
    • Documentación económica (para el Lucro Cesante): declaraciones de la Renta y nóminas del fallecido y justificantes de ingresos de los perjudicados si eran dependientes del fallecido.
    • Documentación de gastos (para el Daño Emergente): facturas de entierro y funeral y justificantes de gastos de desplazamiento u otros derivados del accidente.
  • Contratación de un abogado especializado

    Este es el paso más importante. Las aseguradoras tienen equipos legales expertos en pagar lo mínimo posible. Contar con un abogado especialista en accidentes de tráfico garantiza:

    • Cálculo preciso: El abogado calculará la indemnización de forma rigurosa aplicando el Baremo de Tráfico completo, incluyendo los perjuicios básicos, particulares y patrimoniales.
    • Interrupción de la prescripción: Se encargará de enviar la reclamación formal (burofax) a la aseguradora para interrumpir el plazo legal.
    • Negociación: Negociará con la compañía de seguros del responsable con una base legal sólida, buscando la máxima indemnización.
  • Reclamación extrajudicial de la aseguradora

    El abogado formalizará la reclamación de indemnización a la aseguradora del vehículo o persona responsable. La aseguradora tiene la obligación de presentar una oferta motivada en un plazo legal (generalmente 3 meses), donde debe justificar la cantidad ofrecida según el Baremo de Tráfico.

  • Vías de reclamación

    Dependiendo de la respuesta de la aseguradora, se pueden seguir diferentes caminos:

    • Aceptación de la oferta: Si la oferta de la aseguradora es justa y ha sido validada por su abogado, se acepta y se percibe la indemnización.
    • Mediación o reclamación judicial (vía civil): Si la aseguradora no ofrece una cantidad suficiente o no contesta en el plazo legal, el abogado presentará una demanda por la vía civil para que sea un juez quien determine la cuantía final de la indemnización, basándose en la prueba pericial (informes médicos, atestados y cálculos económicos).