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Fiscalidad sobre la indemnización de los seguros

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Fiscalidad

Mucha gente desconoce qué hacer cuando cobras una indemnización de un seguro a la hora de hacer la declaración de la renta. Desde aquí te aconsejamos que contrates a una asesoría jurídica para que te ayude a tratar este tema.

Indemnizaciones de daños personales por: accidentes de tráfico, responsabilidad civil y seguros de accidentes

Según el Artículo 7d de la Ley del IRPF 35/2006 de 28 de Noviembre, este tipo de indemnizaciones se encuentran exentas. Veamos algún caso concreto:

  • En relación a la responsabilidad civil, en general, se encuentran exentas siempre que la cuantía se encuentre reconocida legal o judicialmente.
  • En relación al seguro de accidentes, están exentas todas excepto aquellas primas de seguros que hayan sido deducidas por ser autónomo y haber contratado el seguro en una Mutua de Previsión Social (MPS).

Indemnizaciones con el objeto de reparar o reconstruir elementos patrimoniales

Según el Artículo 37g de la Ley del IRPF 35/2006 de 28 de Noviembre se realizará el siguiente tratamiento fiscal a dichas indemnizaciones:

  • Si se destina la totalidad a reparar no se debe declarar nada.
  • Si no se realiza reparación o sólo se gasta una parte, se debe declarar lo que no se ha gastado, lo cual tributará como ganancia patrimonial.

Las ganancias patrimoniales tributan de la siguiente manera:

  • Los primeros 6.000 € de ganancias al 19%
  • Desde 6.000,01 € a 50.000 € de ganancia al 21%
  • Desde los 50.000,01 € en adelante al 23%

Indemnizaciones de seguros de ahorro y de vida riesgo

El seguro de vida posee dos vertientes fundamentales: seguro de ahorro (se va acumulando dinero y se te devuelve en el futuro con ciertos beneficios) y el seguro con cobertura de fallecimiento (indemnización cuando el asegurado muere).

En el primer caso, el tratamiento fiscal depende del tipo de seguro que se contrate. En el segundo, la mayoría de las indemnizaciones por seguro de vida causadas por fallecimiento no tributarán por el Impuesto sobre la Renta, sino a través del denominado Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

¿Cómo sabe la Agencia Tributaria que he cobrado una indemnización?

Las compañías de seguros se encuentran obligadas a informar a Hacienda de las prestaciones de seguros satisfechas a sus clientes. La información se realiza por perceptor (NIF/NIE) siempre que en el año se supere la cifra de 3.005,06 €.

Esto no significa que si en un año se perciben menos de 3.005,06 € de indemnizaciones, la Agencia Tributaria no lo sepa debido a que se pueden realizar investigaciones si se ven indicios de delito o de fallo por otro motivo y descubrirlo revisando los movimientos de tus cuentas bancarias de todo el año.