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¿Se puede reclamar la devolución de gastos de hipoteca?

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Hipoteca

En el caso de que hayas formalizado una hipoteca y hayas tenido que correr con los diferentes gastos de la misma, seguro que habrás oído últimamente que dichos gastos no debería pagarlos el cliente.

El conjunto de gastos de formalización de la hipoteca incluyen una serie de costes y honorarios que no deben ser pagados solamente por el hipotecado.

La justicia europea está dando la razón a los consumidores en una gran cantidad de sentencias y terminará pasando como las cláusulas suelo.

Si te preguntas si puedes reclamar los gastos de hipoteca, la respuesta es SÍ. Tras las últimas sentencias de los tribunales, se puede solicitar la devolución de los gastos de hipoteca.

¿Gastos de formalización de hipoteca a devolver?

Los gastos de formalización de hipoteca que deberás reclamara a tu banco son:

  • Gestoría.
  • Notario.
  • Registro.
  • Actos jurídicos documentados.

No está claro si se tienen que devolver el 50% o el 100% de los gastos, y si hay algún otro gasto, como la tasación, que debería pagarla el banco.

¿Cuáles son los pasos para reclamar los gastos de hipoteca?

En primer lugar deberás llamar a tu entidad financiera, mandar un email o un burofax solicitando la devolución de los gastos de hipoteca.

Tu entidad financiera dispondrá de 2 meses para responderte a la queja.

Si no te responde (lo más seguro), deberás elevar la reclamación ante el Banco de España, llamando por teléfono o bien presencialmente te podrás ayudar e indicar cómo lo tienes que hacer.

Tras llevar la reclamación al Banco de España, si tu banco no responde deberás elevar la demanda al juzgado.

¿Qué plazo tengo para hacer la reclamación?

Hay muchas dudas sobre los plazos todavía ya que son bastante recientes las sentencias. Nos encontramos con las siguientes posturas:

  • No prescribe, no está sujeta a plazo.
  • Cinco años desde que se declaró la nulidad de la cláusula de gastos de nuestra hipoteca.
  • Cinco años desde las sentencias del 23 de enero de 2019, por lo tanto el plazo finalizaría el 23 de enero de 2024.
  • Cuatro años desde la firma de la hipoteca.
  • Quince años desde la formalización del préstamo o cinco años tras la modificación operada por la Ley 42/2015, de 5 de octubre.

Como ves, hay disparidad en las fechas pero nuestra recomendación, actúa cuanto antes, no vaya a ser que por esperar se pasen los plazos.