Cuáles son los motivos legales para divorciarse en España
La legislación vigente eliminó muchos requisitos que eran obligados para poder demandar un divorcio. Con la finalidad de ayudarte a entender cuáles son los motivos legales para divorciarse en España actualmente, haremos una breve reseña del tema. Si requieres información personalizada al respecto busca un abogado de confianza, quien disparará todas tus dudas.
Motivos legales para divorciarse en España
Durante muchos años fue necesario aportar pruebas para justificar un divorcio en España. Existían algunos motivos claramente estipulados, entre los que destacan la comisión del adulterio, el incumplimiento de los deberes conyugales y el hecho de que el cónyuge haya desarrollado una adicción. Por lo tanto, había que presentar prueba de las causales por las que se solicitaba el divorcio y en caso de no poder probarlas sencillamente no se podía disolver la unión matrimonial. Adicionalmente, no podía recurrirse inmediatamente al divorcio, pues primero se debía solicitar que se reconociera la separación.
Ahora bien, con la entrada en vigor de la Ley 15/2005, de 8 de julio, empezó a cambiar la forma en que podía demandarse un divorcio. Entre otras cosas, se eliminaron las causales obligatorias para solicitar el divorcio. Es decir, actualmente ya no es necesario tener pruebas de ninguna acción que motive la disolución matrimonial. De hecho, ni siquiera se requiere que el cónyuge haya actuado de forma cuestionable o que se le acuse de algo indebido. Sin embargo, hay dos requisitos básicos que deben cumplirse.
En primer lugar, habitualmente no puede disolverse un matrimonio si no han transcurrido tres meses desde que se contrajeron nupcias. Sin embargo, en caso que la vida del cónyuge demandante esté en peligro por acciones ocurridas dentro del ámbito matrimonial, puede solicitarse su disolución aunque no haya transcurrido el tiempo mínimo. Ocurre lo mismo si se le priva de la libertad o si está en peligro la integridad moral y sexual de quién solicita el divorcio. Sin embargo, como regla general no se procede a conceder el divorcio hasta que no hayan transcurrido los tres meses antes mencionados.
El segundo requisito es sencillamente la voluntad del demandante. Esto significa que será suficiente con el hecho que uno de los cónyuges ya no quiera convivir con la otra persona para disolver el matrimonio. No importa si la contraparte está de acuerdo o no, pues no hay limitante legal para consumar el divorcio.
Divorcio express y contencioso
Ahora bien, el hecho que la contraparte no pueda negarse al divorcio, no significa que esté obligado a aceptarlo inmediatamente. En caso que no esté de acuerdo con la decisión del cónyuge, podrá negarse hasta que el caso sea elevado a los tribunales. Finalmente no podrá evitar que se rompa la unión matrimonial, pero dejaría en claro su negativa a dicho proceso. Además, esto sienta las bases para que el tribunal imponga algún régimen de pensión para los hijos en común y que se regulen otros aspectos que no prescriben al rescindir el contrato matrimonial.
Por otro lado, si ninguna de las partes tiene interés alguno en conservar más tiempo el vínculo matrimonial, podría recurrirse al divorcio express. Como su nombre lo indica, se trata de una modalidad que disuelve rápidamente el contrato matrimonial. Para este proceso ni siquiera se requiere la intervención de los tribunales, puesto que incluso puede efectuarse en una notaría.
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