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Cerramiento de terrazas en comunidades de vecinos

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Comufacil

El art. 397 del Código Civil establece que ninguno de los condueños podrá, sin el consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de dicha alteración pudieran resultar ventajas para todos, y que los arts. 7 y 12 de la Ley de Propiedad Horizontal, expresan la posibilidad de que el propietario de cada piso modifique los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de su piso siempre que no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o Estado exteriores, o perjudique los Derechos de otro propietario, de modo que cualquier otra alteración de su estructura o fábrica o de las cosas comunes afectan al título constitutivo y debe someterse al régimen establecido para sus modificaciones.

La fachada y el cerramiento de terrazas

Pues bien, respecto al carácter común de la fachada, no hay discusión posible y en tal sentido basta remitirse a los arts. 3 de la Ley de Propiedad Horizontal y 396 del Código Civil, que incluye, en su enumeración “ad exemplum“, como elementos comunes “las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores”.

La terraza exterior es el elemento decisivo de la configuración de la propiedad, por lo que su envolvente exterior cambia y modifica el aspecto estético del edificio y la homogeneidad y apariencia de su fachada, violando así el arte. El artículo 7 de la "Ley de Propiedad Horizontal" estipula que el cerramiento de la terraza debe ser aprobado por unanimidad por el comité de propietarios antes del ajuste.

Sin embargo, nuestra legislación es tan precisa que podemos encontrar que nuestras circunstancias son diversas, todo lo cual ha dado lugar a una jurisprudencia, que podemos considerar contradictoria, y no queda más que adecuar la aplicación de la norma a los hechos. Los métodos constituyen nuestra hipótesis.

El cierre de terrazas y lofts es un problema muy común en la práctica, por lo que las preguntas que suelen aparecer en la agenda de las reuniones de propietarios son: ampliar el espacio habitable de la casa, construir nuevas habitaciones o evitar el ruido del tráfico, por ejemplo.

Ahora bien, esto no es una tarea fácil: al cambiar la casa, si no haces más trabajo, no puedes completar estas tareas; esto sucede en la mayoría de los casos cuando se habla de terrazas, la estructura de un edificio o el estado de la fachada. Ciertos tipos de armarios móviles no requieren permiso del ayuntamiento o vecinos, pero tenga en cuenta que en otros casos, proceda de la siguiente manera:

El vecino que quiera cerrar su terraza debe contar (según el artículo 10.3 Ley de Propiedad Horizontal) con una autorización administrativa y el voto favorable de las 3/5 partes de vecinos que representen las 3/5 partes de las cuotas de participación en la Junta de Propietarios donde se debata el asunto. En caso de los propietarios ausentes, tendrán 30 días a partir de la celebración de la Junta para indicar que se oponen al cerramiento de la terraza. Si pasado ese tiempo no han dicho nada, se entiende que su voto es favorable.

También es importante buscar el nombre constitucional, la "Carta Comunitaria" (si la hubiere) o las actas de las "Actas de reunión", porque si alguno de estos documentos incluye la posibilidad de realizar trabajos de vallado en terrazas, entonces sientes que Vecinos interesados Solo es necesario informar al presidente de la valla a tiempo para informar la fecha de inicio del proyecto. Esto también es cierto si uno o más propietarios han cerrado previamente la terraza y no se encuentran oponentes. Según los principios de igualdad y no discriminación (y lógica pura y simple), no podrán oponerse a la nueva valla del patio.

Si el propietario cierra la terraza sin la aprobación de la comunidad, se realizará claramente una reunión de propietarios, en la que se discutirá claramente uno de los puntos principales a discutir en el orden del día, de modo que se establezca un plazo determinado de demolición para que el propietario en disputa complete la Trabajar y restaurar la terraza al estado original. Si después de este período el propietario no procede de acuerdo con los requisitos de la comunidad de propietarios, se puede entablar una demanda.

HOjo, que si la Comunidad de Propietarios deja pasar el tiempo sin tomar ninguna medida contra el cerramiento este se convierte en un derecho adquirido y no puede hacerse nada. La Comunidad cuenta con un plazo de cinco años para oponerse al cerramiento, a contar desde la realización de la obra sin consentimiento.

Por último, señalar que el coste de las obras de cerramiento de terraza correrá a cargo exclusivamente del propietario que se beneficia de las mismas.

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