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CÁMARAS EN EL TRABAJO: ¿PUEDEN GRABAR AL EMPLEADO?

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El seguimiento en las empresas, mediante la instalación de cámaras en el trabajo, sigue siendo un tema muy controvertido.

Hasta hace poco, al plantearse la instalación de cámaras de vigilancia, era necesario avisar con anticipación a los empleados de la empresa para instalar las cámaras, y era necesario indicar de manera precisa, clara y clara que la finalidad era controlar las actividades laborales de los trabajadores.

Si se instala una cámara sin cumplir con este requisito, y la grabación se utiliza para despedir al trabajador, el despido puede considerarse inaceptable, incluso si acredita determinadas violaciones por parte del trabajador.



Actualización de la normativa para las cámaras en el trabajo



El Estatuto de los Trabajadores faculta al empresario para adoptar las medidas que estime más oportunas para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, que deberán guardar la consideración debida a la dignidad humana y tener en cuenta la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional emitió posteriormente un fallo que modificó los estándares antes mencionados, desde entonces las empresas pueden tomar las medidas que consideren relevantes para monitorear y controlar el cumplimiento de algunas de las obligaciones de la empresa. Personal, siempre que se cumplan dos condiciones:

Deben ser medidas proporcionadas, con la debida consideración a la dignidad de los trabajadores.

Su única finalidad es vigilar su cumplimiento de las obligaciones laborales.

Se tendrá en cuenta el derecho a la intimidad y a la propia imagen de los trabajadores



¿Cómo se deben instalar?



Las cámaras sólo captarán imágenes de los espacios indispensables para el control laboral. En ningún caso se ubicarán en zonas de vestuarios, baños y espacios de descanso de los trabajadores.

Si se utilizan cámaras orientables y/o con zoom será necesaria la instalación de máscaras de privacidad para evitar captar imágenes de la vía pública, terrenos, viviendas o cualquier otro espacio ajeno.

No se registrarán conversaciones privadas.

En resumen, la normativa de protección de datos obliga a las empresas a colocar el distintivo informativo en un lugar destacado. Si la empresa cumple con esta obligación, puede entender que sus empleados han sido notificados, por lo que no será necesario enviarles notificaciones adicionales. La grabación se puede utilizar para acciones disciplinarias.

En cuanto a la grabación de grabaciones, se señala brevemente que no se pueden realizar grabaciones en el lugar de trabajo, porque se considera que es una medida que no se ajusta al principio de proporcionalidad y atenta contra la privacidad de los empleados. por lo tanto, no está permitido.

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