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¿Qué hago con los contratos de luz y gas en un alquiler?

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Algunos de los problemas más frecuentes en el alquiler de una vivienda se encuentran en las facturas de suministro energético, tanto suministro eléctrico como suministro de gas natural, ya que en caso de impagos las responsabilidades recaen sobre el titular del contrato de suministro. Vamos a analizar las diferentes situaciones de un alquiler desde cada posición.

¿Hay ya suministro de electricidad y suministro de gas natural?

Si la vivienda ha sido habitada con anterioridad por otro inquilino o por el propietario sabemos que hay una instalación que ya ha suministrado a la vivienda, por lo que no contamos con la necesidad de instalar la acometida eléctrica ni la acometida de gas natural:

  • Los antiguos suministros están dados de baja. ¿Quién da de alta los suministros?
  1. El propietario puede encargarse de dar de alta con sus correspondientes gastos y después realizar un cambio de titular para que el responsable del suministro sea el inquilino.   
  2. Según lo acordado en el contrato de alquiler, el inquilino puede pagar los gastos de dar de alta el suministro.
  • Los suministros están dados de alta a nombre del propietario. ¿Qué es aconsejable hacer con los contratos en caso de alquiler?
  1. Realizar un cambio de titular es lo más aconsejable para que el inquilino, que va a ser la persona que efectúe el consumo energético, para que el propietario no sea el responsable en casos de impago por parte del inquilino.
  2. Realizar un cambio de domiciliación bancaria puede parecer más cómodo, ya que el inquilino paga lo que consume, pero en casos de impago, la comercializadora contactará con el titular del contrato, en este caso el propietario.

¿Puedo cambiar de compañía de electricidad y gas en un alquiler?

En los casos en los que el inquilino es el titular del contrato, este podrá cambiar de compañía, poniéndolo en conocimiento del propietario, ya que este cambio de comercializadora no tiene coste.

Después de comparar las tarifas del mercado energético, habrá que contactar por teléfono con la comercializadora elegida para realizar el cambio a la nueva tarifa.

¿Qué hago con los contratos de luz y gas al finalizar un alquiler?

En este caso podemos ponernos en diferentes situaciones:

  • Se acaba el alquiler y la vivienda va a ser habitada por otro inquilino
  1. Se puede realizar un cambio de titular al nuevo inquilino, para que sea el nuevo responsable de los suministros, opción más cómoda para todas las partes.
  2. Se pueden dar de baja los contratos, para que el inquilino que abandona la vivienda no supone diferencias pero, sin embargo, el nuevo inquilino debe dar de la alta los contratos, o el propietario, según el contrato de alquiler.
  • Se acaba el alquiler y la vivienda va a ser habitada por el propietario
  1. En el caso de que se hubiese realizado un cambio de titular al inquilino, habrá que realizar el mismo cambio pero al contrario.
  2. Si sólo se había cambiado la domiciliación bancaria, será necesario que las facturas de luz y gas vuelvan a cobrarse al propietario
  • Se acaba el alquiler y la vivienda va a quedarse vacía
  1. En este caso, la única opción es dar de baja la luz y dar de baja el gas para evitar costes innecesarios.