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6 pasos para dar de alta el gas

Actualizado el
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El gas natural está considerado como una de las energías más económicas para usuarios domésticos debido a la diferencia de precio y a la alta eficiencia de sus calderas. Esto ha provocado que tanto entes públicos como compañías energéticas promocionen esta opción y en muchos casos subvencionen la instalación de gas en aquellos inmuebles que no disponen de ello y sí de red de gas natural.

¿Tengo posibilidad de instalar gas natural?

El primer paso a seguir antes de instalar gas natural en su vivienda es cerciorarse de que su zona dispone de esta energía, es así tendrá que ponerse en contacto con un instalador autorizado que realizará la instalación de gas natural y los certificados correspondientes. Será el propio instalador quien realice los trámites con la empresa distribuidora que es la encargada de facilitar el suministro.

Este primer paso es necesario, no solo en las viviendas unifamiliares sino también en las comunidades de vecinos, dado que en ambos casos se necesita una instalación de gas. La Instalación Receptora Común (IRC), solo es necesaria en los edificios con varios pisos, donde en cada uno de ellos se tendrá que tener una instalación propia.

En las viviendas unifamiliares es obligatorio tener una Instalación Receptora Individual (IRI), que se conecta a la red de gas de la distribuidora o a la IRC de la comunidad de vecinos, y que proporciona suministro de gas natural en toda la vivienda pudiendo ser utilizado para agua caliente, calefacción y cocina.

¿Varía el coste del alta de gas dependiendo de mi vivienda?

Dar de alta el gas natural en una vivienda supone unos costes que todos los clientes tienen que abonar, este importe variará dependiendo de si se trata de un domicilio nuevo o de segunda ocupación. Los principales tipos de coste son:

  1. Derechos de acometida que se basan en la tarifa de acceso que tiene contratada.
  2. Derechos de alta que dependen de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la vivienda.

Los usuarios de viviendas de nueva ocupación deberán abonar derechos de acometida y derechos de alta obligatoriamente. Si se trata de una vivienda de segunda ocupación, donde el suministro de gas está cortado desde hace tiempo, el pago puede ser igual o inferior, dependiendo de la cantidad de tiempo que lleve así.

Si el gas natural está dado de baja más de cinco años, se tienen que volver a abonar los derechos de acometida, algo que no tendrá que hacerse si lleva menos de cinco años dado de baja.

Si por el contrario, la vivienda tiene suministro de gas natural en ese momento se recomienda no solicitar una baja y tramitar un cambio de titularidad en el contrato de gas, dado que se trata de una gestión totalmente gratuita.

¿Qué documentación necesito para contratar el gas?

Es posible contratar el gas a través de una llamada de teléfono, por lo que una vez decidida la tarifa de gas solo tendrá que ponerse en contacto con la comercializadora y facilitarle los siguientes datos:

  • Documentación del titular.
  • Dirección de la vivienda.
  • Cuenta bancaria.
  • Tarifa de acceso.
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS).

¿En qué momento dispondré de gas en mi casa?

Una vez realizados todos los trámites dispondrá de gas natural en su vivienda en un plazo de 5 a 7 días hábiles. Los costes del alta se abonarán en la primera factura que llegue a su domicilio.

¿Es imposible ahorrar en gas antes de contratar?

Se puede ahorrar incluso antes de contratar gas natural comparando las ofertas de las distintas comercializadoras del mercado. A través de un comparador de gas se podrán estudiar las distintas tarifas y adquirir la que más se amolde a sus necesidades.

En el caso de que se necesite una instalación, algunas Comunidades Autónomas ofrecen planes para renovar salas de calderas, calderas individuales o subvenciones para llevar a cabo la instalación.

¿Es necesario un certificado de instalación de gas para el alta?

Necesitará el certificado de instalación de gas para dar el alta si se trata de una vivienda de nueva ocupación. El certificado de la instalación es un documento que se entrega una vez finalizadas las obras de instalación y que el propio instalador se encarga de recoger y hacer llegar a la empresa distribuidora.El certificado de instalación de gas recoge:

  1. Mapa explicativo o croquis de la instalación individual de gas.
  2. Los aparatos que pueden ser conectados a la instalación.
  3. Documentación que certifique el correcto funcionamiento de la instalación.

La empresa distribuidora solicita este documento al dar de alta el gas por primera vez, o siempre que se realice un cambio en la instalación, si la vivienda es de segunda ocupación y no hay cambios en la instalación no será necesario facilitarlo, aunque la empresa se reserva el derecho de enviar un técnico para verificar que todo se encuentra correctamente.