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El Gobierno actualiza el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) para contribuir al objetivo de mejora de la eficiencia energética del PNIEC. Abril de 2021

Actualizado el
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Asecener

El Consejo de Ministros, ha aprobado la actualización del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), fijando las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios, con el objetivo de mejora de la eficiencia energética a través de la reducción del consumo de energía primaria en un 39,5% en 2030 y de energía final en 36.809,3 toneladas (Ktep).

El RITE se adaptará al contenido de la Directiva (UE) 2018/2001, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables en el sector de la calefacción y la refrigeración, y al de varios reglamentos europeos de diseño ecológico y etiquetado de productos relacionados con la energía. Esta modificación del Real Decreto pretende alinear el RITE con las últimas actualizaciones de las directivas europeas relacionadas con la eficiencia energética, así como regular, como marco normativo básico, las exigencias de eficiencia y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, e introduce varias modificaciones en la normativa para la instalación de sistemas térmicos en edificios, que deberán diseñarse bajo la utilización de sistemas eficientes que permitan la recuperación energética y la utilización de las energías renovables y de las energías residuales.

IMPULSO DE LAS INSTALACIONES EFICIENTES Y EDIFICIOS INTELIGENTES

La actualización del RITE obliga a justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros sistemas más eficientes y sostenibles en edificaciones, tales como la bomba de calor geotérmica con suelo radiante o la hibridación de energía solar térmica con caldera de gas natural. Esta justificación deberá ir acompañada de una comparativa entre el sistema de producción de energía elegido y otros alternativos, teniendo en cuenta aquellos sistemas que sean viables técnica, medioambiental y económicamente.

La reforma de la normativa impulsa la incorporación de renovables en los edificios, y en las reformas el técnico competente deberá proponer instalaciones alternativas de alta eficiencia y plantear un reemplazo de equipos fósiles por otros renovables. Además, deberá evaluarse la eficiencia energética de todas las instalaciones técnicas de los edificios cuando vayan a ser instaladas, sustituidas o mejoradas.

Los edificios de más de 1.000 metros cuadrados destinados a usos administrativos, comerciales, etc. deberán dar publicidad a los clientes o usuarios sobre el consumo de energía e introduce la digitalización en los edificios no residenciales con grandes consumos (potencia útil nominal de climatización superior a 290 kW), como por ejemplo hoteles, centros comerciales, etc., y obliga a que estas construcciones den el primer paso para convertirse en edificios inteligentes -smart buildings- que contribuyan a la disminución del consumo y de la emisión de gases de efecto invernadero (GEI).

Modifica el régimen de inspecciones de instalaciones térmicas en edificios, siendo inspeccionados periódicamente los sistemas de calefacción y las instalaciones combinadas de calefacción, ventilación y agua caliente sanitaria con una potencia útil nominal mayor de 70 kilovatios (kW). Estas inspecciones periódicas se aplicarán también a los sistemas de aire acondicionado y las instalaciones combinadas de aire acondicionado y ventilación.

CAMBIOS EN LA MEDICIÓN DEL AGUA CALIENTE EN REDES URBANAS

La actualización del RITE recoge también obligaciones relativas a los contadores de agua caliente para redes urbanas, reparto de los costes de agua caliente e información sobre la facturación de estos consumos; los contadores de ACS (agua caliente sanitaria) de uso común compartido en instalaciones posteriores a esta modificación deberán disponer de un servicio de lectura remota que permita la liquidación individual de los costes en base al consumo.

La modificación del RITE entrará en vigor el 1 de julio de 2021, no siendo de aplicación a los edificios que a fecha de 1 de julio de 2021 estén en construcción ni a los proyectos que tengan solicitada licencia de obras o, en su caso, la autorización administrativa que les sea preceptiva, excepto en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección.

ASECENER considera que es un paso más en la tendencia a la eficiencia energética o consumo casi nulo de la edificación.

Belén López Fernández, Arquitecto – Gerente -

Calle San Bernardo, 64 - 4ª Planta - 28015 Madrid

Telf.: 91 274 62 97 y móvil: 618 467 899 - Mail: [email protected]

Web: www.asecener.com ; Blog: Blog Asecener | Certificación en Eficiencia Energética