Sustituir pena de prisión
Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal se reformó la sustitución de la pena privativa de libertad por otra sanción, como multa, trabajo por el bien de la comunidad o arresto domiciliario, destacando los siguientes cambios clave:
1.- Se abolió el artículo 88 del Código Penal.
2.- La sustitución de la pena privativa de libertad en el nuevo Código Penal como servicio independiente ha desaparecido y ahora se inscribe en las condiciones para la suspensión de la pena privativa de libertad (artículos 80 y 84 del Código Penal vigente).
En cualquier caso siempre es recomendable acudir a un profesional legal para el asesoramiento y el caso en cuestión.
Artículo 88 del Código Penal antes de la reforma de 2015
1. Los jueces o tribunales podrán, previa audiencia de las partes en la misma sentencia o posteriormente por decisión motivada antes del inicio de la ejecución, sustituir la pena privativa de libertad hasta un año por la multa o trabajo a favor de la comunidad y por la pena privativa de libertad hasta seis meses. también para la Residencia permanente, aunque la ley no prevea tales sanciones para el delito en cuestión, si se advierte la situación personal del autor, la naturaleza del delito, su comportamiento y, en particular, los esfuerzos para reparar el daño causado, Siempre que el infractor no sea un preso ordinario, todos los días de prisión en lugar de dos penas o un día laborable o un día de permanencia. En estos casos, el juez o el tribunal podrá ordenar al autor el cumplimiento de uno o más de los deberes u obligaciones previstos en el artículo 83 de esta Ley, si no están previstos como sanción en la sentencia, por un período de tiempo. que puede corresponder a la duración del sustituto No exceda la tarifa.
Excepcionalmente, los jueces o tribunales pueden sustituir la multa o la multa e imponer penas de prisión no superior a dos años a los presos no habituales en beneficio de la comunidad si las circunstancias del delito y el culpable lo exigen. su observancia socavaría los objetivos de prevención y reinserción social. En estos casos, la reposición se realiza con las mismas condiciones y en las mismas condiciones y módulos de conversión que se especifica en el párrafo anterior de la multa.
En el caso de que el perpetrador haya sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, el encarcelamiento solo puede ser reemplazado por trabajo por el bien de la comunidad o un trabajo permanente en otro lugar y separado del hogar de la víctima. . En estos casos, además de los programas específicos de rehabilitación y tratamiento psicológico, el juez o tribunal también impondrá el cumplimiento de las obligaciones u obligaciones previstas en las reglas 1 y 2, inciso 1 del artículo 83 de esta Ley.
2. En caso de incumplimiento total o parcial de la pena sustitutiva, se ejecutará la pena privativa de libertad originalmente pronunciada fijando el período de equivalencia de las cuotas pagadas de acuerdo con la conversión.
3. En ningún caso podrán sustituirse por otras penas.
Después de leer la disposición, se comprueba que se ha determinado que el juez o el tribunal podría acordar la sustitución de la pena de prisión, es decir. Esto significa que en una sentencia se decide si la sentencia fue reemplazada o no, también le correspondía al juez decidir sobre la sustitución en una decisión motivada posterior a la condena. Lógicamente, el abogado defensor debería estar interesado en reemplazar la pena de prisión si el imputado es condenado. El artículo 88 disponía que el juez tenía que oír a las partes para decidir sobre el reemplazo, lo que significaba que el juez normalmente durante la audiencia principal preguntaba al fiscal y al fiscal, si había alguno, si se oponían al reemplazo del veredicto, y La costumbre del fiscal era no oponerse. También fue y es a menudo el caso de que en una sentencia no se decide nada sobre la sustitución de la sentencia, y el abogado defensor debe notificarlo por escrito ante el tribunal de ejecución, que ejecuta la sentencia.
Normas para el reemplazo de la prisión en la nueva ley penal
- Si el centro penitenciario deja de estar representado como una persona independiente, el juez puede, al decidir la suspensión de la pena, hacer que ésta dependa de que el condenado cumpla con alguna de las siguientes medidas:
Cumplimiento del acuerdo realizado por las partes mediadoras.
El pago de la multa, con prórroga determinará el juez o el tribunal, atendiendo a las circunstancias del caso, que no podrá ser superior a la resultante de la aplicación de dos multas por día de reclusión sobre un. Además, hay un límite máximo de dos tercios del plazo.
Realizar una labor por el bien de la comunidad, especialmente si se trata de una reparación simbólica dadas las circunstancias del hecho y del autor. La duración de esta actuación laboral la determina el juez o tribunal de acuerdo con las circunstancias del caso individual, siendo el límite máximo de dos tercios de la duración de la pena de prisión resultante del cómputo de una jornada laboral por cada día de prisión. no se excede la sentencia.
Para que se reemplace una pena de prisión, ahora es necesario:
1.- Cuando la pena privativa de libertad condicional sea menor a dos años y los requisitos subjetivos y objetivos del art. 80.2 C. Derecho penal, el juez puede ordenar la suspensión del condenado para pagar una multa o hacer un trabajo por el bien de la comunidad.
2.- Si la pena privativa de libertad condicional es superior a dos años o el condenado tiene condena previa y la pena prevista en el Art. 80.3 C., el árbitro siempre impone una de estas dos medidas:
Pagar una multa
Trabajando por el bien de la comunidad