El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da un paso más para acabar con los "falsos autónomos"
En los últimos años, tanto la legislación como los Tribunales van adoptando medidas para dar una mayor protección a los trabajadores y, en concreto, para evitar que los mismos ejerzan su actividad laboral como autónomos cuando realmente son trabajadores por cuenta ajena.
Uno de los supuestos más conocidos de ello fue la sentencia de los “riders” de la empresa Glovo. A raíz de ello, se dictó la Ley de los “Riders” con el fin de garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales.
Tras ello, se han ido dando más pasos hacia dicha protección y el último supuesto que hemos conocido ha sido la Sentencia estimada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al DESPACHO DE ABOGADOS LÓPEZ-ROYO en relación con un “falso autónomo” de la Aseguradora Mapfre.
EL CASO
El asunto que ha tramitado este despacho es el de un fontanero de la aseguradora Mapfre, es decir, el fontanero que va a casa de un asegurado cuando éste da un parte a Mapfre por algún siniestro que haya tenido.
El caso ha sido el siguiente: el trabajador llevaba desde el año 1998 prestando servicios para Mapfre como fontanero, incluido en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, es decir, como autónomo. Ello suponía que el trabajador debía pagar su cuota de autónomos, así como realizar sus declaraciones y abonos de IVA e IRPF.
Sin embargo, la realidad de la relación laboral del trabajador con la aseguradora es que aquél era un auténtico trabajador por cuenta ajena ya que todos los clientes a los que atendía eran de Mapfre, era la aseguradora la que le decía cómo debía tratar a los clientes, cómo debía hacer su trabajo, el tiempo que debía tardar en acudir a cada servicio, la zona en la que tenía que trabajar… Además de ello, el trabajador recibía todas las instrucciones y servicios a través de una aplicación móvil de la propia aseguradora, aplicación móvil en la que el trabajador debía recoger los horarios en incidencias acaecidas durante la jornada laboral.
La aseguradora Mapfre intentaba disfrazar dicha relación por cuenta ajena, haciendo que el trabajador expidiera facturas, que realmente constituían el salario del trabajador.
En Agosto de 2019 Mapfre entrega una carta al trabajador diciéndole que en Septiembre del mismo año finalizaba el contrato de prestación de servicios que les vinculaba. En dicho momento, el trabajador se puso en contacto con este Despacho que, a la vista de cómo se había desarrollado la relación entre las partes, impugnó dicha carta al entender que el trabajador lo era por cuenta ajena y que la carta de finalización de contrato era realmente un despido.
LA SENTENCIA
Celebrado el correspondiente Juicio Oral, nuestra Demanda fue inicialmente desestimada por el Juzgado de lo Social, si bien, interpuesto Recurso de Suplicación, éste fue estimado por la Sección Quinta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Dicha Sala, a la vista de lo recogido en nuestro Recurso de Suplicación, resolvió que la relación existente entre las partes era de carácter laboral y devolvió las actuaciones al Juzgado de lo Social para que se pronunciara sobre el despido. Finalmente, el Juzgado de lo Social declaró el
despido del trabajador como improcedente, optando Mapfre por la indemnización. LAS CONSECUENCIAS PARA EL TRABAJADOR
La Sentencia reconociendo la existencia de relación laboral tiene unas consecuencias muy positivas para el trabajador, ya que además de recuperar parte de lo abonado en concepto de autónomos, la finalización por despido de la relación laboral le permite al trabajador percibir prestación por desempleo, así como tener cotizaciones en el Régimen General de la Seguridad Social a efectos de su futura jubilación, incapacidad, etc...
Aún cuando en el caso que hemos expuesto, se trataba de un fontanero, la situación es extensible a cualquier otro profesional que se encuentre en la situación descrita. Además de Mapfre, existen otras aseguradoras que trabajan con “falsos autónomos”.
Como puede verse, dicha Sentencia supone el dar un paso más para garantizar los derechos laborales de un gran sector de trabajadores que prestan sus servicios para aseguradoras, a través de un Despacho de prestigio como “López Royo”.
Fuente: DESPACHO DE ABOGADOS LÓPEZ-ROYO