Ahora, los autónomos que trabajen desde sus domicilios podrán deducir el IVA de los suministros esenciales como la luz, el agua y el gas, siempre que estos gastos estén relacionados directamente con su actividad laboral.

Además, hay más buenas noticias: Hacienda está considerando incrementar la deducción en el IRPF de gastos no justificables de un 7% a un 10%. Esto significaría un mayor alivio fiscal para los autónomos.

Pero antes de comenzar, para poder deducir los gastos de IVA de tu actividad profesional es primordial que estés dado de alta como autónomo. En Tu Asesoría en la Nube, asesoría especializada en autónomos, podemos echarte un cable con estos trámites.

Dicho esto, vamos a profundizar en todos estos cambios y qué significan para ti.

Deducción en el IVA de los gastos de vivienda para autónomos

Antes se rechazaba la deducción del IVA en los gastos de suministro para los autónomos que operaban desde su residencia principal, porque la Administración Tributaria no consideraba que el hogar estuviera dedicado de manera directa y exclusiva a la actividad económica. También argumentaban que el domicilio seguía siendo usado como vivienda habitual sin que existiera un contrato de arrendamiento o pago por su uso, dificultando la deducción directa de tales gastos.

La afectación de la vivienda a la actividad profesional fue discutida, y la trabajadora en cuestión propuso considerar el mismo porcentaje de uso del 20% ya reconocido por la propia Agencia Tributaria. No obstante, la normativa del IVA, en su artículo 95, limita la deducción a los casos donde los bienes y servicios se utilicen exclusivamente para la actividad económica, sin mezcla con el uso personal.

Esta disputa fue llevada ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia (TEAR), que reconoció la afectación parcial en un 20%. Sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya habían admitido la posibilidad de deducir costes como la luz y el gas mediante un sistema proporcional.

El cambio significativo llegó cuando el TEAC, apoyándose en la Directiva 2006/112/CE del Consejo de la UE, estableció que los autónomos pueden deducir el IVA de los suministros si demuestran que su vivienda se utiliza tanto para actividades económicas como para su vida privada. Esto supuso una interpretación más flexible del artículo 95 de la Ley del IVA, permitiendo la deducción incluso cuando los bienes y servicios se usan parcialmente para la actividad económica.

Requisitos para la deducción del IVA

En cuanto a los requisitos para la deducción del IVA, el autónomo debe demostrar que parte de su vivienda se destina a la actividad profesional. Por ejemplo, si una habitación de 25 metros cuadrados de una casa de 90 metros cuadrados se utiliza exclusivamente para trabajar, se podría aplicar una deducción correspondiente al 30% de esa habitación.

Además, para que los gastos sean deducibles, deben estar vinculados directamente a la actividad del autónomo. Es fundamental presentar y conservar facturas para justificar estos gastos, que ahora también deben declararse electrónicamente a través del modelo 036.

Finalmente, la Agencia Tributaria está considerando aumentar del 7% al 10% la deducción en el IRPF por gastos no justificables y reducir el umbral de ingresos para la exención del IVA, lo cual podría beneficiar a muchos autónomos que trabajan desde casa. Mientras esperamos la confirmación de estos cambios, es un buen momento para que los autónomos revisen y ajusten sus declaraciones para maximizar sus deducciones fiscales.

Si crees que no te estás deduciendo los gastos de IVA correctamente no dudes en contactarnos. En nuestra asesoría fiscal y laboral te podemos ayudar, contáctanos en www.tuasesoriaenlanube.es